lunes, 30 de enero de 2012

Rv: Fraterno saludo conceptos y programas que se deben trabajar por las personas con discapacidad y sus organizaciones sociales en la presente etapa de formulación y adopción para que sean incluidos en los planes de desarrollo de localidades y el distrit


----- Mensaje reenviado -----
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Enviado: Lunes 30 de enero de 2012 17:53
Asunto: Fraterno saludo conceptos y programas que se deben trabajar por las personas con discapacidad y sus organizaciones sociales en la presente etapa de formulación y adopción para que sean incluidos en los planes de desarrollo de localidades y el distrit

Con mi fraterno saludo envió este documento con sencillos y prácticos aportes con el propósito de sumar iniciativas que ojala sean asumidas por todas y por todos tanto en los encuentros ciudadanos, en los cabildos, en los consejos territoriales y en todos los espacios de incidencia que hoy están dispuestos para la construcción colectiva de futuro.

Muchos de ellos pueden sonar ilusos o en soñadores, pero al caso no es la esperanza y la quimera el motor que ha movido la historia y las sociedades, la sumatoria de nuestros sueños, permiten que no los sigan siendo y entonces sea realidades manifiestas.

Mañana martes 31 de enero tendremos la oportunidad de retroalimentarnos y armonizar ideales y acciones practicas, nos encontraremos todas y todos abrazando nuestro compromiso en la casa Ciudadana de Control Social, calle 32 N° 16-87 a partir de las 8:00am, iniciaremos con la interesante conferencia "Como enfrentar la adversidad y superarla", a cargo del Doctor Jorge Escalante, posterior a esta refrescante y posita intervención, cantaremos con el apoyo técnico, profesional  y humano del Doctor Héctor Julio Castañeda y el equipo de la subdirección  para el  fortalecimiento de la organización social área discapacidad del IDPC, la doctorar Sandra Gachancipa, el equipo de la Secretaria Técnica de Discapacidad, el Doctor Emilio Figueroa de la Veeduría Distrital, consejeras y consejeros integrantes de la mesa y Red Distrital de Discapacidad, Red Ciudadana de control social, seguimiento al  la política pública distrital de discapacidad y lideres y lideras de nuestra población seria mente involucradas e involucrados en los procesos de construcción y proyección de más y mejores oportunidades para todas y para todos en torno a la socialización de las posibilidades para incidir eficiente eficaz y efectivamente en el plan de desarrollo de la Bogotá Humana Ya y en las 20 localidades, teniendo en cuenta el documento que está consolidando la secretaria técnica de discapacidad, los aportes de todas y todos, al que sumo las siguientes sugerencias, a las que previamente debo enmarcar en un contexto general de tiempos y movimiento así: 

        

1. Durante el mes de Enero los alcaldes y alcaldesas deben convocar a la sociedad civil a postular sus candidatos para reestructurar los consejos territoriales de planeación. Estar pendiente de que esto suceda y que nuestros actores sociales y organizaciones sociales con presencia en las localidades, entre ellos las consejeras y consejeros, queden incluidos en ese consejo. Es un derecho constitucional (Art. 340, de la C.N. el acurdo 261 de 2006 en su literal K y el Decreto 032 de 2007) para las localidades podemos homologar o convalidar  los alcances distritales en las localidades, argumentando el artículo 13 de la constitución y la circular 001 del 2012, (buscar solidaridad institucional consecuente con los fines del estado social de derecho y de los demás ciudadanos de los consejos locales de planeación para superar  las contradicciones de la circular 007, todo esto mientras logramos derogación o modificación del lesivo acuerdo 13 que nos excluye). 

Las organizaciones sociales pueden competir por representatividad en estos espacios como organizaciones no gubernamentales, en este caso deberán enfrentar la misma pretensión de todas las ONGs  inscritas (de personas sin discapacidad), antes de la elección, la capacidad de concertación, la claridad de pensamiento y la facilidad de expresión verbal, pueden concitar el voto democrático de los delegados y así lograr el respaldo mayoritario.

Los consejos locales de discapacidad por derecho propio, pueden delegar para esto, pueden elegir entre los actuales consejeros y consejeras o en un ejercicio democrático pueden convocar extraordinariamente a la comunidad para este mismo efecto, esto debería hacerse antes del próximo jueves 2 de Febrero.      

2. El Alcalde  dispone de los meses de Enero y Febrero  (Ley 152 de 1994) para formular el Plan o las bases del Plan de Desarrollo. En esta etapa las organizaciones y la ciudadanía, pueden actuar solicitándole que esa formulación se haga con las organizaciones y la ciudadanía. En las localidades es potestad o voluntad del alcalde o alcaldesa, decidir si esa formulación la hace con participación ciudadana, lo que se les debe reclamar.

3. El primero de Marzo (Ley 152 de 1994) los alcaldes o alcaldesas, deben entregar las bases del plan o proyecto de plan a la sociedad civil a través del consejo territorial de planeación para la deliberación ciudadana. Verificar que esto sea así y que los consejos de planeación en efecto habiliten la participación de las personas con discapacidad. Si no es así se debe exigir. El Consejo dispone del mes de Marzo para emitir el concepto.

4. Durante el mes de  Abril los alcaldes o alcaldesas pueden ajustar el proyecto de plan a partir de las observaciones ciudadanas. Actuar sobre los gobernantes para que en esta etapa también se habilite la participación ciudadana.

5. El primero de Mayo los  alcaldes o alcaldesas deben entregar (Ley 152 de 1994) el proyecto de Plan a la correspondiente corporación pública (concejo distrital y juntas administradoras locales) la que dispone del mes de Mayo para sus ajustes y aprobación. Las organizaciones y los ciudadanos también podemos participar en estas deliberaciones a través de las audiencias públicas si se solicitan oportunamente y los cabildos abiertos en las respectivas corporaciones. 


6. Si la corporación no lo aprueba dentro del mes de Mayo pierde su competencia y el alcalde o alcaldesa lo pueden adoptar por Decreto siempre que sea la versión original que radico ante la respectiva corporación. No le puede cambiar ni una coma según sentencia de la H.C.C.


NOTA: La participación ciudadana de las personas con discapacidad y de sus organizaciones debe ser para insistir en la política pública de discapacidad, sus programas, planes y proyectos, (además de los aportados por el sistema distrital de atención integral para la población con discapacidad, su secretaria técnica distrital de discapacidad, el área de discapacidad del IDPC y las ciudadanas y ciudadanos que han participado respetuosa, solidaria y afectuosamente, adición los propuestos a continuación).
Programas Generales y Estrategias

Teniendo en cuenta que el Plan de Desarrollo y los Presupuestos deben dar prioridad al gasto público social, según lo establece el Artículo 350 de la Constitución y de conformidad con los derechos económicos, sociales y colectivos establecidos en los Artículos 41 al 82 de la misma, los proyectos que ejecutará la Administración corresponderán a los siguientes Programas y Estrategias:


1. Para las  personas con discapacidad
Los Artículos 47, 54 y 68 de la Constitución establece el deber del Estado de atender a las personas con discapacidad y propiciar su inclusión social, laboral y educativa, el Decreto 470 de 2007, define la política pública de discapacidad hasta el año 2020, Acuerdo 342 de 2008, "Por el cual se establece apoyo a las unidades productivas conformadas por personas en condiciones de discapacidad y/o sus familias" Acuerdo 447 de 2010, "Por medio del cual se implementa la formación laboral a las personas en condiciones de discapacidad en el Distrito Capital", Acuerdo 463 de 2011, "Por medio del cual se establecen medidas de acciones afirmativas para facilitar la accesibilidad a personas en condición de discapacidad y movilidad reducida en espacios y edificios públicos del Distrito Capital", la directiva 19 del 12 de Octubre de 2011, en la que se ordena el cumplimiento de esta política pública donde se requiere a  cada entidad del Distrito Capital para que programe la disponibilidad presupuestal pertinente y suficiente, que permita desarrollar los compromisos asumidos por cada sector en dicho Plan de Acción (si bien se estableció un tiempo correspondiente a los últimos 2 meses del gobierno anterior también es cierto que en cumplimiento de esta directiva debieron quedar resultados técnicos y presupuestales que hoy deben ser insumos para la formulación con destino al próximo plan de desarrollo que actualmente estamos elaborando)  

Estrategia
Apoyados en la comunidad y el sistema distrital de atención integral para la población con discapacidad deberemos actualizar un censo (la dinámica para la adjudicación de la tarjeta ciudadana en transmilenio y el sistema integrado de transporte puede ser aprovechado), para identificar y caracterizar a las personas con limitaciones físicas, cognitivas, mentales, sensoriales y múltiples, actuaremos para verificar y buscar condiciones de vida digna, desarrollaremos todas las acciones conducentes y contundentes que garanticen su plena y definitiva inclusión en todas las aéreas y actividades del espectro social en el distrito capital gestionando la estructura orgánica y administrativa con presupuesto y plan misional que opere como secretaria de la población con discapacidad o como gerencia distrital para la población con discapacidad.     
Recursos
De los recursos económicos establecidos en los planes de desarrollo tanto distrital como locales, mediante la efectiva participación, formulación de proyectos específicos y priorización en los encuentros ciudadanos, destinaremos un porcentaje, por lo menos equivalente al de su población, para atender sus necesidades y aspiraciones, teniendo en cuenta las líneas de acción de la política pública de discapacidad y los acuerdos concertados en las mesas de trabajo instaladas a partir de la movilización social "Plantón por el respeto a las personas con discapacidad y el cumplimiento de los compromisos institucionales", así como nuestra incidencia como resultante de una vigorosa, juiciosa, disciplinada y masiva participación para formular y priorizar nuestras propuestas en todas las aéreas.
 


2. Programa de formación comunitaria y de apoyo a las organizaciones ciudadanas.

El Art. 41 de la Constitución establece como deber del Estado la difusión de la Constitución y de la instrucción cívica (Compatible Art. 103 y 311 C. N.; Arts. 70, 71 y 141 de la Ley 136; Acto Legislativo Nº 1 de 1.996; Documento CONPES número 39 de 1.997, entre otros).

a) Se establecerá la cátedra comunitaria. En esta cátedra se desarrollarán entre otros temas: los derechos fundamentales; los mecanismos de protección de los derechos; los derechos económicos, sociales y colectivos; el Derecho Internacional Humanitario; género y equidad; el derecho al pluralismo y a la diferencia; el derecho de libre organización; las formas organizativas sociales existentes en la localidad, en el departamento y en el país y temas relacionados con el Estado. Los partidos, los conceptos de desarrollo y en general la formación política integral.
Igualmente se incluirán materias relacionadas con la elaboración de proyectos y la contratación pública con organizaciones civiles.

La formación comunitaria estará dirigida a los integrantes  de todas las organizaciones sociales y a los ciudadanos interesados, sin restricción alguna.
De manera especial debería ser materia de estudio en los espacios de participación, el presente Plan de Desarrollo, los Presupuestos y los Proyectos. En estos casos contaremos con el apoyo en estos espacios e instancias de los funcionarios de la administración para este objetivo (esperamos que esto suceda el próximo martes 31 de Enero entre las 8:00am y 1:00pm en la casa ciudadana de control social).

b) Por la vía de convenio para fomentar la Participación Comunitaria, se destinarán los recursos necesarios.

c) En cada espacio de participación se dictará por lo menos cada dos meses un taller sobre equidad, pluralismo, derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales al que se invitará a toda la comunidad  de personas con discapacidad sus familias y los profesionales o funcionarios relacionados con la temática.

Estrategia

Para orientar los talleres organizaremos un equipo de expertos en el tema, preferiblemente dirigentes sociales, (Consejeras y consejeros), a quienes se dictarán talleres de inducción. 

3. Programa de apoyo a la familia

El Art. 42 de la Constitución reconoce a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad y establece el deber de apoyarla (Compatible Art. 5).

Partimos de que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad que se debe conservar y fortalecer, por lo que el Plan de Desarrollo y los Presupuestos la deben incluir en por lo menos lo siguiente:

a) Introducción en la educación de asignaturas sobre valores familiares.
b) Programas permanentes con la comunidad para reafirmar los valores familiares.
c) Estrategias y actividades permanentes desde los medios de comunicación.
d) Convocatorias periódicas a encuentros familiares en torno a actividades culturales y recreativas, a las que asistan por lo menos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. En estos encuentros se insistirá en la importancia de recuperar la solidaridad interfamiliar.
e) Políticas y programas de apoyo a los proyectos económicos pequeños y medianos de supervivencia familiar, partiendo del hecho de que la mayoría de pequeñas y medianas empresas, que generan cerca del 80 por ciento del empleo, son empresas familiares. Es inconcebible un Plan de Desarrollo, que no incluya el apoyo a la recuperación y desarrollo económico de las familias de las personas con discapacidad.
f) Otras actividades en beneficio del fortalecimiento de la familia que sean propuestas por la comunidad organizada.

Estrategia
Sugiero se organice un comité permanente de programación y coordinación de actividades, encabezado por una funcionario (a) de la Alcaldía local, un concejero o consejera y tres líderes y/o lideresas, de las personas con discapacidad,  el que reunirá a la comunidad de la localidad, especializadas en el tema y convencidas de la importancia de recuperar la familia, para que desarrollen estas y otras actividades permanentes.

4. Programa de Mujer y Mujer Cabeza de Familia

El Artículo 42 de la Constitución establece el derecho de la mujer a la equidad y el apoyo del Estado a la mujer cabeza de familia (máxime si ella es persona con discapacidad o es madre de persona con discapacidad) (Compatible con Art. 13 de la Constitución y Ley 182 de 1.993).

a) En las instituciones distritales y locales que atienden personas con discapacidad con la dinamización de los consejos locales de discapacidad, se dictará, por lo menos, un taller cada dos meses sobre equidad, género, pluralismo y derecho a la diferencia.

b) Se creará un fondo especial para apoyar las iniciativas empresariales y de trabajo de la Mujer Cabeza de Familia con discapacidad o madre de persona con discapacidad y para el complemento alimentario y dotación de útiles escolares a sus hijos.

c) Se creará la oficina para la mujer con discapacidad y equidad con un consejo directivo que definirá sus políticas y programas, integrado por los diferentes actores sociales del sector.

Estrategia

Se creará un comité mixto de comunidad, representantes de la Alcaldía y del Concejo, para desarrollar este programa. De manera especial se invitará a las personas comprometidas en este tema, para que mejoren el programa y contribuyan a su ejecución.

Recursos

El fondo se creará con recursos del presupuesto distrital y local (para esto debemos incidir formulando proyectos específicos y priorizándolos en los encuentros ciudadanos). Otros recursos se tramitarán con Bienestar Familiar Nacional, con la Unicef y con entidades públicas y privadas del orden nacional e internacional. También se organizarán actividades financieras periódicas como bazares, rifas, para fortalecer el fondo.

Las mismas ventajas y prerrogativas a las mujeres con discapacidad cabeza de familia se garantizarán a los hombres con discapacidad cabeza de familia.


5. Programa de niñez y juventud

Los Artículos 44 y 45 de la Constitución establecen la prevalencia de los derechos de los niños sobre los derechos de los demás, y el deber del Estado de desarrollar políticas específicas para los niños y los jóvenes (Compatible con los Arts. 27, 41, 67, 68 y 69 de la C.N., y Leyes 115 y 375 -Programa de juventud).

a) Garantizaremos educación a todos los niños y jóvenes.
b) En ejercicio de los derechos constitucionales de la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, y del derecho que tiene la comunidad de definir el tipo de educación que desee (Arts. 27, 45, 68, 69, 70 y 71), estableceremos un modelo educativo que corresponda con los objetivos del Plan de Desarrollo y en general, con las necesidades y aspiraciones de la localidad , pero particularmente de los niños y jóvenes de la población con discapacidad. 

Estrategia

Con apoyo de la comunidad y las instituciones responsables en el sistema distrital de atención integral para la población con discapacidad, adelantaremos un censo para verificar cuántos niños y jóvenes con discapacidad, no asisten a la escuela o colegio y, a la vez que gestionaremos más recursos públicos para su atención, organizaremos jornadas extraordinarias con profesores y profesionales para garantizarles la educación mínima a que tienen derecho.

Estas actividades serán coordinadas por el consejo local de discapacidad, con el apoyo de la dirección local de educación, de conformidad con la Ley 115 o Ley General de la Educación, con amplia participación de la comunidad organizada, de los padres de familia, de los estudiantes, maestros y profesionales. Por establecimiento educativo se evaluará el PEI, y se adecuará a las propuestas de modelo de inclusión educativa, con la Secretaría Distrital de educación y con otras instituciones especializadas tramitaremos la capacitación a los maestros para que se actualicen en nuestro modelo de inclusión educativa. Para dictar las materias especiales de apropiación tecnológica, gestionaremos profesores especializados con el SENA, secretaria de educación y con la Universidad Nacional de Colombia.

Recursos

El principal será el capital humano voluntario de la localidad. Los recursos económicos necesarios se pueden apropiar mediante formulación y priorización en los encuentros ciudadanos en el plan de desarrollo local, diseccionándolos adecuadamente en estos programas.  Lo que no alcancemos a cubrir con estos recursos, lo gestionaremos con el Distrito  y la Nación, apoyados en el principio de subsidiariedad.


6. Programa de tercera edad

El Artículo 46 de la Constitución establece responsabilidades del Estado con la tercera edad. La tercera edad merece nuestra mayor consideración, respeto y aprecio. Semestralmente organizaremos un intercambio de saberes entre las personas con discapacidad mayores de sesenta años y las nuevas generaciones de esta misma población. En este diálogo de saberes se trabajará en comisiones sobre temas como los siguientes: historia de los procesos humanos, ciudadanos, organizativos y culturales de las personas con discapacidad de la localidad y sus barrios, relatos de historia nacional, historia de la colonización en la región, intercambio de saberes culturales, artísticos, poéticos, experiencias productivas y nuevas técnicas de producción, experiencias comparativas de las familias de antes con las de hoy.
Apoyaremos talleres en los que las personas con discapacidad de la tercera edad se ocupen en actividades productivas.

En la casa cultural de la localidad o salón comunal  adecuaremos un espacio especial para el encuentro y el intercambio cultural y artístico de las personas con discapacidad de la tercera edad. Gestionaremos actividades productivas y en talleres, para que las personas con discapacidad de la tercera edad trasmitan sus experiencias a las nuevas generaciones de esta misma poblacion.

Estrategia

En primer lugar desarrollaremos campañas culturales permanentes sobre sus familias y la población, para garantizar que les den tratamiento digno a las personas con discapacidad mayores.
Crearemos en los consejos locales de discapacidad un comité amplio de atención a las personas con discapacidad de la tercera edad, en el que estén las personas e instituciones interesadas y las instituciones públicas, comité que definirá los proyectos y actividades de este programa.

Se apoyará el Consejo del adulto mayor, que incluya el representante de la población con discapacidad con presupuesto propio, sede independiente y articulación con los programas de niñez y juventud que incluyan el componente de las personas con discapacidad.

Se incentivará el aseo personal cotidiano como prevención a enfermedades.
Recursos
El capital humano de la localidad. A través del fondo de desarrollo local gestionaremos los recursos económicos mediante formulación y priorización en los encuentros ciudadanos, así mismo gestionártenos ante el Bienestar Familiar Nacional, 

7. Programa de salud

Los Artículos 48 al 51 de la Constitución establecen responsabilidades del Estado con la salud de la población.

Nos proponemos garantizar que toda la población de personas con discapacidad de las localidades y/o el Distrito, estén cobijadas por la seguridad social en salud, bien sea mediante el régimen contributivo o subsidiado.

Estrategia

A partir de las propias organizaciones de la comunidad, revisaremos el SISBEN para garantizar que todas las personas con discapacidad puedan acceder al régimen subsidiado en salud, sin tener en cuenta, los embelecos de la estratificación. 

Evaluaremos la eficiencia de la inversión de los recursos en la localidad y el distrito para los servicios de salud. Buscaremos que estos recursos se ejecuten con la mayor eficiencia, eliminando intermediaciones innecesarias.

No permitiremos que exista ganancia particular con los recursos públicos destinados a salud, ya que la comunidad, puede ejercer control social con la mayor eficiencia.

Gestionaremos una empresa social del Estado, prestadora del servicio de salud  para que -con una tarifa especial gratuita, sobre la base de un volumen importante de afiliados de la población con discapacidad y sus familias  vincule a toda esta  población.

De todas maneras el distrito garantizará la atención en salud a todas las personas con discapacidad, que no estén dentro del régimen contributivo.

Se pondrá en funcionamiento la mesa de salud con real participación decisoria de esta comunidad.

Recursos

La solidaridad humana y la responsabilidad social o función social del capital. Gestionaremos convenios con los médicos particulares para que, un día a la semana, presten sus servicios gratuitos de salud.

Acudiremos al Distrito para que, en su papel subsidiario, atienda a la localidad en la salud.
Para dar cumplimiento al mandato del Artículo 51 de la Constitución, el 5% de los recursos de salud para el régimen subsidiado.
Daremos especial atención a la salud preventiva.


8. Vivienda

El Artículo 51 establece el derecho de todas las personas a una vivienda digna, derecho que, como todos los derechos, debe garantizar el Estado.

Daremos prioridad a los programas de construcción y mejoramiento de la vivienda accesible, especialmente en las zonas que garanticen permanente acceso al agua y al desarrollo económico productivo.

Con los estudios técnicos necesarios sobre usos del suelo incentivaremos la utilización intensiva de la capacidad instalada de vías y servicios públicos, mediante la construcción intensiva o de varios pisos.

Se estimularán los planes de vivienda de interés social o autogestionario con medidas tributarias como rebaja en impuestos y facilidad y bajo costo de licencias

Nuestros programas oficiales de vivienda serán por autogestión comunitaria, en lo cual el Distrito aportará programas de lotes con servicios, asistencia técnica y control en el precio de la tierra y de los materiales de construcción.

Estimularemos el trabajo comunitario para mejorar el entorno: parques, vías, alumbrado, servicios.

Estrategia

Con las comunidades elaboraremos un censo sobre las principales necesidades de construcción y mejoramiento de vivienda accesible, cuantificaremos las posibilidades de inversión en trabajo o especie por parte de la comunidad y a partir de allí, consideraremos las posibilidades de apoyo técnico y con materiales desde las localidades. De ninguna manera el apoyo será en dinero.

Se mantendrá un equipo o comisión  permanente (desde los consejos locales de discapacidad), de gestión de programas y recursos para vivienda y otras actividades.

También se establecerá un programa de mejoramiento de vivienda con apoyo institucional, técnico y económico del distrito y otras instituciones nacionales que se vinculen.
Recursos

El trabajo comunitario y la asesoría profesional voluntaria será nuestro principal recurso. Un porcentaje equivalente al 5% del total del presupuesto del distrito debería ser destinado a los programas de vivienda social. De otra parte, gestionaremos recursos a través de la banca privada,  la secretaria de Habitad  y las entidades nacionales de ahorro y vivienda.

Ejerceremos estricto control sobre el precio de la tierra, estableciendo en el tope máximo la plusvalía.

9. Recreación y deportes

El Artículo 52 establece el derecho al deporte y disfrute del tiempo libre.
Fomentaremos las prácticas del deporte y la recreación sana.

Estrategia

Además de los planes programas y proyectos previstos en el plan de desarrollo tanto distrital como local adelantaremos actividades comunitarias complementarias y dinamizadoras, con base en las organizaciones soailes con objetivos recreo-deportivos nombraremos a un experto en educación física y deportes para que, diariamente en las mañanas, oriente los ejercicios de preparación física de las personas jóvenes y adultas con discapacidad en las diferentes disciplinas deportivas. Apoyaremos un día semanal de consultas médicas deportivas con especialistas en la materia. Permanentemente organizaremos competencias para mantener activo el espíritu deportivo.

Promoveremos actividades paralímpicas locales y distritales.

Recursos 

El humano siempre será el más importante. Tres, de los cinco puntos que transfiere la nación al distrito  para cultura y deportes, se destinarán a deportes a través de un fondo especial que se podrá fortalecer con recursos propios, del sector privado y de actividades financieras.

Este fondo estará manejado por el Comité Paralímpico, con mayoritaria participación de los comités o consejos locales de deporte y las organizaciones deportivas de las personas con discapacidad.

De otra parte, con los recursos de salud financiaremos las consultas médicas semanales de salud deportiva.

Con recursos del distrito y mediante actividades de trabajo programado con las comunidades, los centros educativos y los deportistas se adecuarán y dará mantenimiento permanente a los diferentes espacios deportivos.


10. Programas de empleo, economía solidaria 

Los Artículos 53 al 57 de la Constitución establecen el derecho al trabajo, entre los Artículos 58 y 60 se establece el deber del Estado de apoyar la economía solidaria.

De estos derechos constitucionales se desprende la responsabilidad del Estado, en el marco de garantizar el bienestar de la población, de adelantar políticas y programas que garanticen, a partir de, la recuperación de la economía productiva, la recuperación del campo y del empleo.

En consecuencia, uno de los propósitos del presente Plan es consolidar la cultura de la economía productiva sobre la base de:

La tecnificación de la producción.
La comercialización interna, interlocal, distrital y regional de los productos.

La recuperación y protección del mercado local y regional.

Estrategia 

a) Desarrollo de campañas educativas intensivas y permanentes para que la población compre y consuma preferiblemente teniendo en cuenta la oferta de los productores y ONGs de las personas con discapacidad, eliminando intermediarios y ojala en las localidades den prelación para la contratación y suministro de los bonos canjeables por mercados o canastas familiares a las unidades de emprendimiento en esta área constituida por personas con discapacitada, (ejemplo: Centro de acoplo del punto focal de la localidad 18 Uribe Urube).
b) Estímulo a la comercialización de la producción local, de las personas con discapacidad, tanto en las plazas como en centros comerciales especializados en la defensa y distribución de lo nuestro.

c) Comercialización de los productos locales en la región, a partir de la creación de empresas especializadas, constituidas por personas con discapacidad y sus familias, con importante apoyo de las localidades, para su funcionamiento y para la consecución de capital de trabajo. 

d) A través de estas empresas se desarrollará inteligencia o investigación de mercados, para definir qué productos actuales o potenciales de la región se pueden vender en el distrito y fuera de él. Sobre la base de los mercados locales, se adelantará una planificación de la producción buscando garantizar a cada  unidad productiva de las personas con discapacidad, la compra de cuotas mínimas de producción por mes o por año.

e) Con base en las posibilidades de desarrollo económico productivo se adelantarán programas semestrales intensos de actualización tecnológica, especialmente dirigidos a la población con discapacidad, para recuperar sus prácticas productivas o crear unidades productivas con técnicas modernas.

f) Se creará en determinadas unidades de planeación zonal de las localidades centros industriales, en la cual se instalarán máquinas y asistencia técnica apoyada por la localidad, para que los pequeños y medianos productores de la población con discapacidad, accedan a técnicas avanzadas de diseño, cortado, procesamiento, empacado, financiación, comercialización y materias primas. En esta zona industrial se garantizarán servicios públicos baratos, en especial de energía eléctrica.

Inicialmente, a través de estos centros industriales apoyaremos a los proveedores de bienes de uso diario como zapateros, sastres, panaderos, carpinteros, ornamentadores, productores y procesadores agroindustriales, quienes teniendo mercados barriales necesitan elevar la capacidad técnica y financiera de su producción.
Al frente de este proceso de comercialización y de desarrollo estará un comité encabezado por un funcionario de la alcaldía local, un edil, tres dirigentes de la comunidad con discapacidad y un experto en mercadeo y desarrollo.

g) se estimularan modelos de capacitación que tendrán un componente fundamental orientado al desarrollo de capacidades productivas y de desarrollo económico.

h) Se definirá un día de mercado en alguna plaza de la localidad o sitio adecuado, a donde tendrán preferencia los productores directos de la población con discapacidad para vender sus productos.

i) Se establecerá el control de precios en especial en los productos manufacturados.

Recursos

Evaluaremos las capacidades profesionales existentes entre la población con discapacidad, para estos programas y constituiremos comités especializados coordinados por un funcionario de la alcaldía local con responsabilidades en el desarrollo socioeconómico.

En lo económico, adecuada aplicación en el modelo de capacitación de los recursos del fondo de desarrollo local. En el tema de capacitación nuestra misión irá mucho más allá de la simple asistencia o participación como alumnos, lo ideal sería ser formados como formadores y estaremos evaluando y garantizando formación acorde con las realidades y vivencias de las personas con discapacidad y las condiciones de oferta y demanda que la enseñanza-aprendizaje sea útil, tanto para el desarrollo integral de la persona como para la creación de las capacidades productivas que exige nuestra economía.

Liberaremos la mayor cantidad posible de recursos de ingresos propios para estos programas.

Gestionaremos recursos de cooperación nacional e internacional.

Destinaremos el equivalente al uno por ciento del presupuesto local, de conformidad con el Artículo 71 de la Constitución, al centro de investigación científica y bancos de herramientas de fácil acceso para todas las personas con discapacidad.


11. Programa de cultura

Desarrollaremos los valores culturales propios, (Dimensión cultural simbólica). 

Estrategia

La recuperación de la historia de cada familia en cuyo núcleo existan una persona con discapacidad.

Se estimularán las diferentes expresiones artísticas y culturales de la población con discapacidad, con la especialización de los profesores y con la realización anual local de concursos a los que lleguen los mejores cuenteros, cantantes, poetas, declamadores, teatreros, pintores y otros artistas de esta población, en el marco de una semana de la cultura que se realizará, por lo menos, anualmente.

Organización del Comité de Cultura en los consejos locales de discapacidad, con las instituciones especializadas y las personas voluntarias, tanto niños, como jóvenes y adultos con discapacidad.

Organizaremos grupos culturales que participen en los eventos barriales y locales.

Promoveremos su inclusión en todos los festivales y eventos organizados con recursos de la localidad y de la secretaria distrital de cultura recreación y deporte.

Se estimulará su participación en la celebración de las fechas históricas nacionales distritales y locales  como los días de la raza, de la acción comunal, de la independencia, de la mujer, de la madre, etc

Se socializará la dimensión cultural simbólica de la política pública de discapacidad, haciéndolo dinámico y operativo para lo cual se harán los ajustes necesarios con la comunidad interesada.

Se propiciarán espacios culturales permanentes que permitan visibilizar y desarrollar los talentos de esta población, dando una óptima utilización a la infraestructura existente.


Recursos

El humano, consistente en la capacidad organizativa y de expresión cultural de la población con discapacidad. En lo económico, por lo menos el 2% del presupuesto local destinado para los procesos culturales de la población en general, por Ley 715, según la Ley General de la Cultura, y convenios con la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte.





12. Programa de medios de comunicación

Los Artículos 20 y 74 de la Constitución establecen el derecho de todas las personas a ser informadas de manera veraz y oportuna, lo mismo que su acceso a los documentos públicos y los artículos 18 y 31 del decreto 470 establece los derechos a la información y a la comunicación para la participación y como el distrito capital adoptará todas las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de comunicar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás, mediante la forma de comunicación que se requieran.

Será política de la Administración apoyar el acceso ciudadano a los medios de comunicación. Por esta razón, actuaremos sobre el sector privado para que apoye programas comunitarios en las emisoras y estaciones de televisión tanto locales como de cubrimiento distrital. De otra parte, gestionaremos o estableceremos dos horas diarias de emisión comunitaria patrocinadas por las administraciones locales y distrital, durante las cuales la comunidad se exprese libremente, a la vez que se divulguen las informaciones de interés general.

En torno a los medios de comunicación y desde los consejos locales de discapacidad  crearemos un Comité de comunicaciones y Participación Ciudadana para que contribuya a regular el equitativo acceso de la población con discapacidad a los medios y garantizar que la información sea veraz e imparcial, así mismo desde este comité y consejo local de discapacidad, se elegirá un representante principal y su suplencia con funciones, respaldo técnico y político para su plena y efectiva participación en las mesas locales de comunicación.    

Se apoyará a los medios comunitarios con recursos institucionales pautados por las entidades. Se destinará un programa semanal por radio y televisión para que el Alcalde y sus funcionarios por tiempo mínimo semanal de dos horas dialoguen con las ciudadanas y ciudadanos con discapacidad y responda sus inquietudes.


Finalmente y para complementar tanto el documento anterior como el encuentro de mañana adjunto, los siguientes archivos:

1. Charal entrada libre Virtual y presencial esta noche a las 8:00Pm será virtual y pasado mañana 1 de Febrero a las 6:00Pm será Presencial para participar sigan las instrucción en el archivo de imagen para los videntes y en Word para las personas con limitación visual, esta actividad la recomiendo, pues doy testimonio de los alcances humanos y profesionales de la Doctora Clara Arbeláez y la metodología de Avance para el crecimiento personal y organizacional, que en esta ocasión aporta " Tres Principios para hacer del 2012 el mejor año de tu Vida".

2. Presentación del libro ¿Cómo se elabora un Plan de Desarrollo con un enfoque en Derechos Humanos?, Que refuerza nuestro propósito y compromiso de futuro esta actividad es igualmente es hoy a las 6:00Pm.

3. Directrices formulación plan de desarrollo  2012-2016 y Propuesta de trabajo sectorial desde la población con discapacidad, que igualmente propongo para su definición en la importante jornada de mañana en la Casa Ciudadana de Control Social a partir de las 8:00am.

4. Invitación Foro una mirada de la movilidad en Bogotá, que se efectuara el próximo jueves 2 de febrero en Auditorio Félix Restrepo en la Universidad Javeriana a partir de la 7:30am.

5. Convocatorias vacantes Medellín, esta es un oportunidad laboral que vence esta noche a las 12:00.

6. Iniciación capacitación 2012 lector de pantalla, que empieza el próximo miércoles 1 de Febrero. 

7. ACUERDO 12 DE 1994 "por el cual se establece el Estatuto de Planeación del Distrito Capital y se reglamenta la Formulación, la Aprobación, la Ejecución y la Evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y se dictan otras disposiciones complementarias"

8. ACUERDO 13 DE 2000 "Por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes Localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

9. ACUERDO 261 DE 2006 "Por medio del cual se modifica el artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994"

10. DECRETO 032 DE 2007 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital"

11. DIRECTIVA 19 DE 2011" Cumplimiento de la Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital y su Plan de Acción"

A la espera de su entusiasta valiosa y propositiva participación de mañana a las 8:00am en la Casa Ciudadana de Control Social me despido fraternalmente:
  


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NELSON JULIAN VILLAMIZAR
Director Periódico Proclama
Cra. 5 No. 22 - 82 Of. 202
Bogotá - Colombia (South America)
Tel.: 283 1291 - 243 0060
Movil: 3164164141 - 3142780014

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